Mayo 2009

LA OIM CELEBRA LA SANCIÓN DE LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN
INTEGRAL PARA LAS MUJERES
EN LA ARGENTINA

BUENOS AIRES- La nueva ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrolle sus relaciones interpersonales fue sancionada el pasado 11 de marzo y promulgada el primero de abril. Esta ley representa un adelanto significativo con respecto a las normas anteriores vigentes ya que su artículo segundo tipifica que la misma "tiene por objeto promover y garantizar (…) la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los ámbitos de la vida".

La nueva ley define la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como también su seguridad personal”. Hasta ahora la legislación vigente contemplaba la violencia intrafamiliar ejercida en el ámbito hogareño, y, salvo algunas legislaciones provinciales, por lo general también se limitaba a la efectuada por el marido contra la esposa o los hijos.


Esta nueva ley no solo extiende la definición de violencia de género a los ámbitos físico, sexual, simbólico, económico, patrimonial, psicológico, e incluso hasta la estigmatización realizada por los medios, sino que amplia su accionar a las  conductas “perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.Una de sus principales funciones es lograr "la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres", a la vez que se estipula un "acceso a la justicia" y se brinda "asistencia" a las que "padecen violencia". Ahora las mujeres también tendrán el derecho a "gozar de acceso gratuito a la justicia" y a "la igualdad real de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres", así como a "decidir sobre la vida reproductiva, número de embarazos y cuándo tenerlos, de conformidad con la ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación responsable".

En su gran mayoría las mujeres del mundo son las principales víctimas de la violencia familiar y sexual, de la trata de personas con fines de explotación sexual, de la prostitución forzada y del acoso sexual. Las mismas también se encuentran en serias desventajas en el momento de acceder al empleo y a puestos de decisión, a la vez que se calcula que en términos generales perciben un 30% menos de salarios con respecto al mismo trabajo realizado por un varón. La condición de migrante por lo general tiende aún más a exacerbar estas diferencias.

Si bien no existen datos oficiales, se estima que cada tres días muere en Argentina una mujer por abortos clandestinos mal realizados. Otras aproximaciones también muestran que durante el año 2008 fueron asesinadas 105 mujeres, una cada tres días y medio aproximadamente. Por tal motivo la nueva ley también contempla la creación de un Observatorio de Violencia destinado a proveer estadísticas oficiales sobre las múltiples formas de maltrato y delitos contra las mujeres.

Así, a partir de ahora también quedan garantizados los derechos internacionales ya reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención de los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas/os y Adolescentes.


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